Defensa de DUI

Un arresto por DUI abre dos casos, no uno.

Hay el cargo penal, y hay una acción de licencia aparte en el Departamento de Licencias con su propio plazo corto. Si pierde el segundo, pierde opciones que nadie le puede devolver.

El reloj del DOL ya corre(360) 213-0013

Llame antes de que se cierre la ventana para pedir la audiencia. El caso de licencia avanza por su cuenta, haga lo que haga la corte.

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La prueba de aliento

Las agencias de Washington usan máquinas aprobadas por el Laboratorio de Toxicología del Estado. Los resultados del Datamaster y del Draeger más nuevo pueden usarse en corte — el aparato portátil de la carretera por lo general no.

DUI de drogas y marihuana

La ley de Washington es mucho menos específica para drogas que para el alcohol. Cuentan los medicamentos recetados y de venta libre, incluidos Ambien, oxicodona y hasta Wellbutrin o Zoloft.

El caso del DOL

Soplar por encima de .08, negarse, o una extracción de sangre puede activar una suspensión obligatoria. Usted tiene que pedir la audiencia — no ocurre sola.

Volver a conducir

La mayoría de los conductores con suspensión puede calificar para una Licencia con Bloqueo de Encendido y seguir conduciendo bajo condiciones.

Conducción negligente en primer grado

Un delito menor que puede basarse en conducir de forma que podría poner en peligro a alguien, más señales de alcohol o de una droga — a menudo el aterrizaje más leve.

CDL y conductores comerciales

Conducir un vehículo comercial con alcohol en el sistema es un cargo aparte, y una CDL trae consecuencias que una licencia normal no tiene.

Las primeras dos semanas

  1. Primero, proteger la licencia

    Identificamos el plazo del DOL antes que nada y pedimos la audiencia. Esa ventana es corta y no perdona.

  2. Conseguir el expediente

    La detención, las pruebas de campo, los registros de mantenimiento y calibración de la máquina, el reporte del oficial y cualquier video.

  3. Poner a prueba la ciencia

    El procedimiento de la prueba, la máquina usada, los tiempos, y si el estado puede probar de verdad lo que acusó.

  4. Resolver o ir a juicio

    Supresión o desestimación cuando los hechos lo permiten; y cuando no, una resolución que proteja su récord y su licencia.

Preguntas que nos hacen

No tiene que resolver esto solo.

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